Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 42
En vigor desde 28 dic 2012
1. Los ciudadanos y ciudadanas tienen derecho a participar y a colaborar en la elaboración de las políticas públicas.
2. A estos efectos, la Administración Pública establecerá los medios necesarios para que los ciudadanos y ciudadanas puedan colaborar en el diseño y elaboración de programas anuales y plurianuales, en los que se definirán los objetivos concretos a conseguir, las actividades y medios necesarios para ejecutarlos, el tiempo estimado para su consecución y las personas o los órganos responsables de su ejecución.
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Proeli/es-nc/lf/2012/06/21/11#art-42