Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 25
DerogadoEn vigor desde 28 dic 2012
1. En el caso de que la información solicitada esté afectada por alguna de las limitaciones indicadas en los artículos 23 y 24 precedentes, siempre que sea posible se concederá el acceso parcial, omitiendo la información afectada por la limitación, salvo que de ello resulte una información distorsionada, equívoca o carente de sentido.
2. En el caso de información que contenga datos personales de terceros, se concederá el acceso cuando se garantice de forma efectiva el carácter anónimo de la información, sin menoscabo del principio de transparencia que informa esta Ley Foral.
3. Cuando se conceda el acceso parcial, deberá garantizarse la reserva de la información afectada por las limitaciones y la advertencia y constancia de esa reserva.
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Proeli/es-nc/lf/2012/06/21/11#art-25