Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO III

Art. 62

En vigor desde 29 ago 2026
En materia de autorización de comprobación ambiental o declaración ambiental responsable serán de aplicación las siguientes sanciones: 1. Para las infracciones muy graves: a) Multa desde 50.001 a 500.000 euros. b) Clausura definitiva de las instalaciones. c) Clausura temporal de las instalaciones por tiempo no inferior a dos años ni superior a cinco años. d) Inhabilitación para el ejercicio de la actividad por tiempo no inferior a un año ni superior a dos años. 2. Para las infracciones graves: a) Multa desde 5.001 a 50.000 euros. b) Clausura temporal de las instalaciones, por un periodo máximo de dos años y mínimo de seis meses. c) Inhabilitación para el ejercicio de la actividad por tiempo máximo de un año. 3. Para las infracciones leves: a) Multa desde 200 hasta 5.000 euros. b) Clausura temporal de las instalaciones por un periodo no superior a seis meses.
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eli/es-cb/l/2026/07/23/9#art-62

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