Art. [firma]

En vigor desde 22 feb 1915
Por tanto: Mandamos a todos los Tribunales, Justicias, Jefes, Gobernadores y demás Autoridades, así civiles como militares y eclesiásticas, de cualquier clase y dignidad, que guarden y hagan guardar, cumplir y ejecutar la presente ley en todas sus partes. Dado en Trasmulas a treinta y uno de Enero de mil novecientos quince. YO EL REY. El Ministro de la Guerra, Ramón Echagüe
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eli/es/l/1915/01/31/(1)#firma-fi

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