Título TÍTULO X

Art. Disposición adicional duodécima

En vigor desde 8 ago 2023
Cuando se aprueben nuevas titulaciones académicas o se produzcan modificaciones en la normativa educativa vigente, el Consejo de Gobierno, mediante decreto, y de conformidad con lo dispuesto en la normativa básica estatal, podrá aprobar y actualizar un catálogo declarativo de equivalencias a los exclusivos efectos de acceso al empleo público.
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eli/es-ri/l/2023/05/05/9#disposicion-adicional-duodecima

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