Título TÍTULO X

Art. Disposición adicional decimocuarta

En vigor desde 8 ago 2023
Lo dispuesto en los artículos 66 y 76 de la presente ley no será de aplicación ni para el personal del Servicio Riojano de Salud ni para el personal docente no universitario, que estarán sujetos a lo dispuesto en su normativa específica. Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOR núm. 128 de 23 de junio de 2023. Ref. BOE-A-2023-16893
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ri/l/2023/05/05/9#disposicion-adicional-decimocuarta

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil