Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO I

Art. 38

En vigor desde 8 ago 2023
Todos los ciudadanos y ciudadanas tienen derecho a acceder al empleo público mediante procedimientos en los que se garanticen los siguientes principios: a) Igualdad, mérito y capacidad. b) Publicidad de las convocatorias y de sus bases. c) Transparencia en la gestión del proceso selectivo y en el funcionamiento de los órganos de selección. d) Imparcialidad, profesionalidad y especialización de cada miembro de los órganos de selección. e) Independencia, discrecionalidad técnica y confidencialidad en la actuación de los órganos de selección. f) Adecuación y proporcionalidad entre el contenido de los procesos selectivos y las funciones y tareas a desarrollar. g) Agilidad, sin perjuicio de la objetividad, en los procesos de selección. h) Los procesos selectivos tendrán carácter abierto y garantizarán la libre concurrencia. i) Igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres, y de las personas con discapacidad. j) Accesibilidad universal. k) Eficacia y eficiencia.
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eli/es-ri/l/2023/05/05/9#art-38

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