Título TÍTULO VIICapítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 2.ª Procedimientos de cobertura motivados en circunstancias personales del personal funcionario

Art. 102

En vigor desde 8 ago 2023
Las administraciones públicas podrán adscribir al personal funcionario a puestos de trabajo en distinto órgano, unidad o localidad, de oficio o previa solicitud basada en motivos de incapacidad, salud o rehabilitación del personal funcionario, su cónyuge o persona unida por análoga relación de afectividad y convivencia, o de los hijos a su cargo, cuando concurran los requisitos y en la forma que se determine reglamentariamente.
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eli/es-ri/l/2023/05/05/9#art-102

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