Capítulo CAPÍTULO III

Art. 18

En vigor desde 23 jul 2022
1. La Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja fomentará y promoverá distintas fórmulas de colaboración y el asociacionismo a fin de cumplir con el objetivo de fomentar la economía social y solidaria y colaborar con las iniciativas en el sector. 2. Asimismo, impulsará la creación de una agrupación de empresas de economía social y solidaria para dinamizar la intercooperación entre empresas de economía social y solidaria y generar proyectos de cooperación. 3. La Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja establecerá medidas para favorecer la interlocución y la participación de las organizaciones representativas de la economía social y solidaria en las instituciones para favorecer la contribución de la economía social y solidaria en el desarrollo de las diferentes estrategias y políticas de desarrollo social y económico de La Rioja.
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eli/es-ri/l/2022/07/20/9#art-18

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