Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO I›Secc. Sección 3.ª Unidad de mercado en la tramitación autonómica
Art. 28 bis
En vigor desde 1 ene 2026
La Xunta de Galicia promoverá la aplicación de los principios del mercado abierto en la elaboración de anteproyectos de ley y de normas reglamentarias para evitar la introducción de restricciones injustificadas en la actividad económica y estimular la libre circulación y el establecimiento de los operadores económicos y la libre circulación de bienes y servicios por todo el territorio español.
Se añade por el .1 de la Ley 5/2025, de 23 de diciembre. Ref. BOE-A-2026-3385
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Proeli/es-ga/l/2021/02/25/9#art-28-bis