Capítulo CAPÍTULO I
Art. 1
En vigor desde 30 dic 2021
1. El Plan Estadístico de Cantabria es el instrumento de ordenación y de planificación de la estadística de interés de la Comunidad Autónoma de Cantabria, y las actividades estadísticas incluidas en dicho Plan Estadístico se considerarán de interés de la Comunidad Autónoma de Cantabria en los términos establecidos por la Ley 4/2005, de 5 de octubre, de Estadística de Cantabria.
2. Podrán hacer estadísticas de interés de la Comunidad Autónoma de Cantabria aquellas instituciones y organismos que establece el artículo 7 de la Ley 4/2005, de 5 de octubre.
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Proeli/es-cb/l/2021/12/20/9#art-1