Título TÍTULO VII›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. Disposición final séptima
En vigor desde 28 may 2019
1. Se modifica el apartado 1 del artículo 11 de la Ley 4/2015, de 23 de marzo, de derechos y garantías de la persona en el proceso de morir, que pasa a tener el siguiente contenido:
«1. Todo paciente menor de edad tiene derecho a recibir información sobre su enfermedad y las intervenciones sanitarias propuestas, de forma adaptada a su capacidad de comprensión. También tiene derecho a que su opinión sea escuchada de conformidad con lo que dispone el artículo 9.3.c) de la Ley 41/2002.»
2. Se modifica el apartado 3 del artículo 11 de la Ley 4/2015 citada, que pasa a tener el siguiente contenido:
«3. Las personas menores de edad emancipadas o con dieciséis años cumplidos, no incapaces ni incapacitadas, prestarán por sí mismas el consentimiento, si bien se tiene que informar a sus padres y madres o representantes legales, y su opinión será tenida en cuenta para la toma de la decisión final correspondiente, de conformidad con lo que dispone el artículo 9.4 de la Ley 41/2002. Asimismo, las personas menores de edad emancipadas o con dieciséis años cumplidos tienen derecho a revocar el consentimiento informado y a rechazar la intervención que les propongan los profesionales sanitarios, en los términos que prevé el artículo 8 de esta ley.»
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Proeli/es-ib/l/2019/02/19/9#disposicion-final-septima