Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO VI

Art. 83

En vigor desde 28 may 2019
1. La planificación de ámbito insular corresponde a los consejos insulares, de acuerdo con el análisis de necesidades y recursos y el plan estratégico de atención a la infancia y la adolescencia de las Illes Balears. 2. La planificación en el ámbito de las entidades locales corresponde a estas entidades, de acuerdo con el análisis de necesidades y recursos, el plan estratégico de atención a la infancia y la adolescencia de las Illes Balears, y la planificación insular en el ámbito de la infancia y la adolescencia.
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eli/es-ib/l/2019/02/19/9#art-83

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