Título TÍTULO VI›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 224
En vigor desde 28 may 2019
1. El Consejo de Infancia y Familia de las Illes Balears es el órgano colegiado de composición mixta y multidisciplinar adscrito a la consejería competente en materia de infancia y familia del Gobierno de las Illes Balears que ejerce funciones de consulta y propuesta y constituye un foro de debate para promover y facilitar la participación, la consulta y el diálogo de todas las instituciones y entidades implicadas en esta materia.
2. La composición, los objetivos y el régimen de funcionamiento se establecen reglamentariamente.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-ib/l/2019/02/19/9#art-224