Título TÍTULO III

Art. Disposición final tercera

En vigor desde 1 ene 2016
Las Consejerías de Economía, Empleo y Hacienda y de Sanidad, en el ámbito de sus respectivas competencias, procederán a la aprobación de las modificaciones de crédito y de plantilla, a la adecuación de las estructuras presupuestarias y a cualesquiera operaciones que correspondan para dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 6.
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eli/es-md/l/2015/12/28/9#disposicion-final-tercera

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