Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO VIIISecc. Sección 3.ª Tasa por la expedición de títulos oficiales de enseñanzas artísticas superiores

Art. Disposición final sexta

En vigor desde 2 dic 2012
La presente ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, con excepción de la disposición final cuarta que surtirá efectos a partir del 1 de enero de 2013.
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eli/es-cm/l/2012/11/29/9#disposicion-final-sexta

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