Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO VIIISecc. Sección 3.ª Tasa por la expedición de títulos oficiales de enseñanzas artísticas superiores

Art. Disposición final segunda

En vigor desde 2 dic 2012
Se modifica la Ley 14/2010, de 16 de octubre, de Servicios Sociales de Castilla-La Mancha, conforme a lo que se indica a continuación: Uno. El tercer párrafo del artículo 36.e) queda redactado como sigue: «Esta prestación está garantizada para todas las personas mayores de 70 años que vivan solas o cuando se tenga reconocida la situación de dependencia y se haya prescrito en el Programa Individual de Atención. La aportación del usuario será determinada, cuando proceda, conforme a los criterios que establezca la Consejería competente en la materia.» Dos. Se elimina el cuarto párrafo del artículo 36.e). Tres. El tercer párrafo del artículo 37.1.i) queda redactado como sigue: «La información, formación y valoración se garantizará a las personas solicitantes de adopción. La supervisión se garantizará a las personas o unidades familiares que hayan efectuado un proceso adoptivo, durante los plazos establecidos por el órgano competente en materia de protección de menores».
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