Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO IVSecc. Sección 29.ª Tasa por modificación sustancial de autorización de instalación potencialmente contaminadora de la atmósfera

Art. 210 bis

En vigor desde 31 may 2016
Estarán exentos del pago de esta tasa por modificación sustancial de autorización de instalación potencialmente contaminadora de la atmósfera, las entidades y órganos pertenecientes a la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, así como las entidades u órganos de otras Administraciones Públicas. Se añade por el .23 de la Ley 3/2016, de 5 de mayo. Ref. BOE-A-2016-6725

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eli/es-cm/l/2012/11/29/9#art-210-bis

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