Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO IVSecc. Sección 20.ª Tasa por autorización de la modificación de la duración de almacenamiento de residuos peligrosos

Art. 173

En vigor desde 31 may 2016
La tasa se exigirá de acuerdo con la siguiente tarifa: 195,00 euros por solicitud. Se modifica por el .16 de la Ley 3/2016, de 5 de mayo. Ref. BOE-A-2016-6725

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eli/es-cm/l/2012/11/29/9#art-173

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