Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO IV›Secc. Sección 16.ª Tasa por autorización como gestor de residuos
Art. 155
DerogadoEn vigor desde 2 dic 2012
Constituye el hecho imponible de la tasa la tramitación por el órgano administrativo competente, de la autorización como gestor de residuos.
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Proeli/es-cm/l/2012/11/29/9#art-155