Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO IV›Secc. Sección 12.ª Tasa por tramitación de la modificación sustancial de autorización ambiental integrada
Art. 141 bis
En vigor desde 31 may 2016
Estarán exentos del pago de esta tasa las entidades y órganos pertenecientes a la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, así como las entidades u órganos de otras administraciones públicas.
Se añade por el .9 de la Ley 3/2016, de 5 de mayo. Ref. BOE-A-2016-6725
Tus anotaciones
Proeli/es-cm/l/2012/11/29/9#art-141-bis