Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO IV›Secc. Sección 4.ª Tasa por la prestación de servicios en materia de montes
Art. 108
En vigor desde 2 dic 2012
Son sujetos pasivos de la tasa las personas físicas o jurídicas, así como las entidades a las que se refiere el artículo 35.4 de la Ley General Tributaria, que soliciten la prestación de los servicios o la realización de los trabajos que constituyen el hecho imponible.
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Proeli/es-cm/l/2012/11/29/9#art-108