Capítulo CAPÍTULO XV

Art. Disposición adicional primera

En vigor desde 28 ene 2011
Se incorporan al complemento de productividad, factor fijo, las cuantías que, a la entrada en vigor de esta Ley, tienen asignados los diferentes puestos de trabajo en concepto de complemento acuerdo marco.
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eli/es-cb/l/2010/12/23/9#disposicion-adicional-primera

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