Capítulo CAPÍTULO XII

Art. 71

En vigor desde 28 ene 2011
El personal estatutario fijo del Servicio Cántabro de Salud se hallará en alguna de las siguientes situaciones: a) Servicio activo. b) Servicios especiales. c) Servicios bajo otro régimen jurídico. d) Excedencia por servicios en el sector público. e) Excedencia voluntaria. f) Suspensión de funciones. g) Expectativa de destino. h) Excedencia forzosa. i) Excedencia voluntaria incentivada. j) Excedencia por cuidado de familiares. k) Excedencia por violencia de género. l) Excedencia voluntaria por agrupación familiar.
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eli/es-cb/l/2010/12/23/9#art-71

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