Capítulo CAPÍTULO V

Art. 20

En vigor desde 28 ene 2011
Mediante decreto del Gobierno de Cantabria, a propuesta de la persona titular de la Consejería competente en materia de sanidad, podrán establecerse fórmulas para el reconocimiento público del mérito del personal estatutario que haya destacado con sus servicios prestados a la mejora del Sistema Sanitario Público de Cantabria.
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eli/es-cb/l/2010/12/23/9#art-20

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