Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 24
En vigor desde 25 sept 2007
La resolución del procedimiento se notificará a los interesados de acuerdo con lo previsto en el artículo 58 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. La práctica de dicha notificación o publicación se ajustará a las disposiciones contenidas en el artículo 59 de la citada ley.
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Proeli/es-ga/l/2007/06/13/9#art-24