Título TÍTULO IV

Art. Disposición transitoria quinta

En vigor desde 4 jun 1991
En el plazo de dos años, el Gobierno de Canarias deberá presentar ante el Parlamento el Proyecto de Ley del Plan Regional de Carreteras.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-cn/l/1991/05/08/9#disposicion-transitoria-quinta

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil