Título TÍTULO I
Art. 4
DerogadoEn vigor desde 8 ene 1987
1. Las actividades propias que en cumplimiento de sus objetivos realice el Instituto Valenciano de Artes Escénicas, Cinematografía y Música se regirán por las normas del ordenamiento jurídico privado.
2. La participación del Instituto Valenciano de Artes Escénicas, Cinematografía y Música en consorcios y sociedades mercantiles deberá ser autorizada por el Consell de la Generalitat Valenciana.
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Proeli/es-vc/l/1986/12/30/9#art-4