Título TÍTULO PRELIMINAR

Art. 3

En vigor desde 3 oct 2026
La presente ley es de aplicación a: a) La Administración de la Generalitat, la Administración propia de Arán y los entes que integran la Administración local, así como a sus sectores públicos respectivos. b) Las personas jurídicas y las entidades sin personalidad jurídica que tienen su sede o llevan a cabo actividades económicas en Cataluña y que son titulares de bienes muebles o inmuebles en Cataluña. c) Las personas físicas que residen o prestan servicios en el ámbito territorial de Cataluña y que son titulares de bienes muebles o inmuebles en Cataluña.
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eli/es-ct/l/2026/07/02/8#art-3

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