Título TÍTULO VI

Art. Disposición final séptima

En vigor desde 20 ago 2025
Se modifica la letra f) del apartado 2 del artículo 9 del texto refundido de la Ley del Instituto para el Desarrollo de las Comarcas del Ebro, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2003, de 8 de enero, que queda redactada del siguiente modo: «f) Cinco personas representantes de las administraciones locales de las comarcas del Ebro, propuestas por las entidades municipalistas, una de las cuales en representación de los municipios rurales propuesta por consenso entre las principales entidades municipalistas.»
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eli/es-ct/l/2025/07/30/8#disposicion-final-septima

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