Título TÍTULO VII

Art. Disposición final decimoquinta

En vigor desde 1 ene 2026
Se añade una disposición adicional única al Decreto-ley 9/2023, de 21 de noviembre, por el que se modifica la Ley 13/2007, de 26 de noviembre, de medidas de prevención y protección integral contra la violencia de género y se regula la prestación económica a los hijos e hijas menores de edad de mujeres víctimas mortales como consecuencia de violencia de género en la Comunidad Autónoma de Andalucía, con la siguiente redacción: «Disposición adicional única. Prestación económica destinada a los hijos e hijas de las mujeres víctimas mortales como consecuencia de violencia de género. Las prestaciones económicas reguladas en el presente decreto-ley serán asimismo aplicables a los hijos e hijas de las mujeres víctimas mortales como consecuencia de violencia de género, en cualquiera de los supuestos descritos en el artículo 46 bis de la Ley 13/2007, de 26 de noviembre, hasta que alcancen los veintiséis años de edad.»
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eli/es-an/l/2025/12/22/8#disposicion-final-decimoquinta

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