Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO II

Art. 27

En vigor desde 15 ene 2019
1. Las Administraciones públicas, en desarrollo de las medidas previstas en el Programa de Comunicación y Participación del Plan Andaluz de Acción por el Clima, llevarán a cabo acciones y campañas que tengan por finalidad informar y concienciar a la ciudadanía en materia de cambio climático. 2. La Consejería competente en materia de cambio climático establecerá canales de información (plan de seguimiento de emisiones anuales, indicadores de seguimiento sectorial, etc.) para los agentes económicos y sociales implicados, la ciudadanía y la Administración pública, que permitan el conocimiento del estado de situación y la puesta en marcha de instrumentos de participación y colaboración.
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eli/es-an/l/2018/10/08/8#art-27

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