Título TÍTULO III

Art. Disposición transitoria primera

En vigor desde 1 jul 2019
En el plazo de quince días desde la entrada en vigor de esta Ley, se iniciarán los trámites necesarios para proveer el puesto de Secretario o Secretaria del Consejo conforme se regula en el artículo 44 de la Ley de Cantabria 4/1993, de 10 de marzo, de Función Pública.
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