Título TITULO IIICapítulo CAPÍTULO III

Art. 51

En vigor desde 10 jul 2015
1. Los ciudadanos y las ciudadanas tienen derecho a formular propuestas de actuación y regulación, así como mejoras o sugerencias en relación con el funcionamiento de los servicios que presta la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón. 2. La Administración habilitará fórmulas para hacer efectivo este derecho y promoverá el reconocimiento público de aquellas iniciativas que hayan posibilitado una mejora de los servicios prestados. 3. Reglamentariamente se establecerán los requisitos y el procedimiento para el ejercicio de este derecho.
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eli/es-ar/l/2015/03/25/8#art-51

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