Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO I

Art. 62

En vigor desde 12 oct 2013
Cuando de la comisión de una infracción se derive necesariamente la comisión de otra o de otras, deberá imponerse únicamente la sanción correspondiente a la infracción más grave cometida.
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eli/es-ga/l/2013/06/28/8#art-62

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