Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO IV

Art. Disposición final tercera

En vigor desde 25 sept 2013
El Reglamento de organización y funcionamiento de la Academia Aragonesa de Policías Locales, al que alude el artículo 8.3, deberá ser aprobado en el plazo de dieciocho meses desde la entrada en vigor de la presente ley.
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