Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO IV

Art. Disposición final primera

En vigor desde 25 sept 2013
Se faculta al Gobierno de Aragón a dictar, en el plazo de dieciocho meses, las disposiciones necesarias para la aplicación y desarrollo de la presente ley.
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eli/es-ar/l/2013/09/12/8#disposicion-final-primera

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