Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO I›Secc. Sección 1.ª Enseñanzas no universitarias
Art. 36
En vigor desde 26 mar 2011
1. Las Administraciones Educativas incluirán en sus Planes de formación inicial y continua del profesorado, actividades relativas a la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, coeducación, educación afectivo-sexual y violencia de género.
2. La Administración Educativa promoverá la apertura de canales de comunicación y redes de intercambio de docencia e investigación en materia de género en Extremadura, con el Estado y Europa.
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Proeli/es-ex/l/2011/03/23/8#art-36