Título TÍTULO XCapítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición transitoria tercera

En vigor desde 1 ene 2013
En tanto no se constituya la Comisión Permanente del Consejo Castellano y Leonés de Salud, seguirá ejerciendo sus funciones el Consejo General de la Gerencia Regional de Salud. Se añade por la disposición final 11.5 de la Ley 9/2012, de 21 de diciembre. Ref. BOE-A-2013-665

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eli/es-cl/l/2010/08/30/8#disposicion-transitoria-tercera

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