Título TÍTULO VI

Art. Disposición final tercera

En vigor desde 30 dic 2009
La presente ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia. El canon eólico comenzará a exigirse a partir del 1 de enero de 2010.
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eli/es-ga/l/2009/12/22/8#disposicion-final-tercera

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