Título TÍTULO IX›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 1.ª Órganos de administración
Art. 70
En vigor desde 19 ene 2001
1. El Servicio de Salud de Castilla-La Mancha se estructura en los siguientes órganos:
Centrales:
– El Consejo de Administración.
– La Presidencia del Consejo de Administración.
– La Dirección-Gerencia, y
– Los órganos directivos que reglamentariamente se determinen.
Periféricos:
– Las Gerencias de centros, servicios o estructuras que reglamentariamente se determinen.
2. El Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejería competente en materia de sanidad, aprobará el reglamento de estructura y funcionamiento del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha. El reglamento establecerá la organización precisa para dar cumplimiento a las funciones que debe desarrollar este organismo, atendiendo a los principios de eficacia, eficiencia, simplicidad, transparencia y cercanía.
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Proeli/es-cm/l/2000/11/30/8#art-70