Título TÍTULO III
Art. Disposición final tercera
En vigor desde 23 jun 1998
La presente Ley entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid», debiendo, asimismo, publicarse en el «Boletín Oficial del Estado».
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Proeli/es-md/l/1998/06/15/8#disposicion-final-tercera