Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO PRIMERO

Art. 20

En vigor desde 22 jul 1997
Se crea el ente público Osakidetza-Servicio Vasco de Salud, bajo la naturaleza jurídica de ente público de Derecho privado y adscrito al Departamento de la Administración General competente en materia de sanidad. Se le atribuye personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de su finalidad de desempeñar la provisión de servicios sanitarios mediante las organizaciones públicas de servicios dependientes del mismo.
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eli/es-pv/l/1997/06/26/8#art-20

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