Art. 3
En vigor desde 29 dic 1992
Se establece en el municipio de Santander la capitalidad del partido judicial cuyo ámbito territorial está integrado por el de los municipios de Astillero, Camargo, Piélagos, Santa Cruz de Bezana, Santander y Villaescusa.
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Proeli/es-cb/l/1992/12/16/8#art-3