Título TÍTULO XCapítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición final octava

En vigor desde 20 ene 2026
La entrada en vigor de la centralización de competencias en materia de pago de tributos y procedimientos catastrales y registrales relacionados con inmuebles de la Administración de la Junta de Andalucía y de la gestión de los edificios administrativos, en los términos previstos en el apartado 5 de la disposición adicional tercera y en la disposición adicional cuarta, quedará supeditada a la disponibilidad de los medios personales y materiales necesarios para el adecuado desempeño de las tareas.
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eli/es-an/l/2025/12/22/7#disposicion-final-octava

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