Título TÍTULO VIII

Art. Disposición adicional tercera

En vigor desde 31 dic 2023
A efectos de la presente ley, los términos «mujer gestante», «mujer embarazada» y «trabajadora embarazada» han de entenderse referidos, respectivamente, a las personas gestantes y a las personas trabajadoras gestantes.
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eli/es-ga/l/2023/11/30/7#disposicion-adicional-tercera

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