Título TÍTULO IV

Art. Disposición final primera

En vigor desde 26 abr 2023
El Consejo de Gobierno y la consejería competente en materia de igualdad, de acuerdo con lo previsto en esta ley y en el ámbito de sus respectivas competencias, podrán dictar las normas reglamentarias necesarias para el desarrollo y aplicación de esta ley.
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eli/es-ri/l/2023/04/20/7#disposicion-final-primera

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