Título TÍTULO VII›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 99
En vigor desde 14 abr 2023
Serán prioritarias las actividades de prevención, orientadas a minimizar las situaciones de riesgo de cometer hechos delictivos en que se puedan encontrar, así como las carencias que menoscaben su desarrollo.
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Proeli/es-cm/l/2023/03/10/7#art-99