Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO II

Art. 28

En vigor desde 14 abr 2023
Las medidas de apoyo a las familias estarán orientadas esencialmente a asegurar la correcta atención de las necesidades de los niños, niñas y adolescentes en el seno de su núcleo familiar, promoviendo las condiciones para una convivencia satisfactoria y el óptimo desarrollo integral de las personas menores de edad en las diferentes etapas evolutivas.
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eli/es-cm/l/2023/03/10/7#art-28

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