Título TÍTULO V

Art. Disposición adicional sexta

En vigor desde 10 sept 2022
En esta ley se utiliza la forma no marcada en cuanto al género, que coincide formalmente con la masculina, en todas las referencias a órganos, cargos y funciones, de manera que deben entenderse referidas al masculino o al femenino según la identidad de género de la persona titular de quien se trate.
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eli/es-ib/l/2022/08/05/7#disposicion-adicional-sexta

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